La provincia es una división territorial de España, reconocida en la Consticución Española. Actualmente, en España hay cincuenta provincias. Éstas, junto con las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla y algunas posesiones insulares menores, comprenden la totalidad del territorio español.
lunes, 26 de abril de 2010
domingo, 25 de abril de 2010
Las Normas De Las Entidades Locales.
Los ayuntamientos y diputaciones pueden aprobar disposiciones con rango reglamentario y están sujetas al principio de jerarquía normativa en virtud del cual nunca podrán contravenir lo dispuestos en una norma de rango superior.
Normas de las entidades locales.
Ordenanzas :
Normas aprobadas por los plenos de los ayuntamientos y diputaciones.
Se distinguen:
a) Ordenanzas de policía y buen gobierno, que regulan las relaciones vecinales, la convivencia y las normas más elementales de comportamiento.
b) Ordenanzas reguladoras de un sector determinado como, por ejemplo, suelo, edificación , actividades molestas, insalubres, nociva y peligrosas.
c) Ordenanzas fiscales, para el pago de tributos locales como el IBI
Normas aprobadas por los plenos de los ayuntamientos y diputaciones.
Se distinguen:
a) Ordenanzas de policía y buen gobierno, que regulan las relaciones vecinales, la convivencia y las normas más elementales de comportamiento.
b) Ordenanzas reguladoras de un sector determinado como, por ejemplo, suelo, edificación , actividades molestas, insalubres, nociva y peligrosas.
c) Ordenanzas fiscales, para el pago de tributos locales como el IBI
Reglamentos:
Nornas aprobadas por los plenos de los ayuntamientos y diputaciones par regular las relaciones internas y de funcionamiento de ambas corporaciones o para regular las relaciones con sus trabajadores.
Bandos:
Disposiciones adoptadas por el alcalde para cuestiones de índole menor, como recordar fechas y lugares en los que se ha de llevar a cabo determinadas actuaciones como, por ejemplo, vacunaciones, empadronamiento, fiestas, etcétera.
Servicio Municipales.
Dentro de sus competencias, lo municipales deben prestar obligatoriamente una serie de servicios mínimos, en función de los habitantes que tengan, establacidos de la siguiente forma:
- En todos los municipios: alumbrado público, cementerio, recogida de residuos, limpieza viaria, abastecimiento domiciliario de agua, alcantarillado, accesos, pavimentación de vías públicas y control de alimentos y bebidas.
- Municipios de más de 5000 habitantes: además de los anteriores, parque público, biblioteca, mercado y tratamiento de residuos.
- Municipios de mas de 20.000 habitantes: además de todo lo anterior, protección civil, servicios sociales, prevención y extinción de incendios, instalaciones deportivas y matadero.
- Municipios de mas de 50.000 habitantes: a todo lo anterior se añade el transporte colectivo urbano y la protección del medio ambiente.
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